Novedades Impostitivas

Novedades Impositivas 09/04/2024

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 260/2024 – Modificación de las multas por infracción a los deberes formales aplicables desde el 1° de abril.

Mediante la presente resolución, se modifica a partir del 1° de abril de 2024, la escala de multas aplicables por infracciones a los deberes formales para personas humanas y jurídicas, estableciendo mínimos y máximos como escala gradual sancionatoria por los citados incumplimientos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Corrientes) 259/2024 – Adecuación del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA -.

Por medio de la siguiente resolución, se modifica el régimen de recaudación unificado del impuesto sobre los ingresos brutos “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA” -RG. (DGR Corrientes) 256/2024-.

Al respecto, se establece que se aplicará la alícuota del 1,5% a contribuyentes locales de la provincia de Corrientes.

RESOLUCIÓN (AGIP Bs. As. cdad.) 122/2024 – Prórroga para efectuar el Registro de Domicilios de Explotación (RDE).

A través de la siguiente resolución, se prorroga hasta el día 30 de abril de 2024, el plazo para que los contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la CABA puedan ratificar o rectificar el/los domicilio/s de explotación en el Registro de Domicilios de Explotación (RDE), cuyo vencimiento original para el ejercicio fiscal 2023 opera el día 31 de marzo -R. (AGIP) 24/2022.

DECRETO (ATM Mendoza) 613/2024 – Plan de facilidades de pago para los agentes de retención y/o percepción para deudas de naturaleza tributaria y no tributaria.

Mediante el presente decreto, se otorgan planes de facilidades de pago de hasta 3 cuotas para deudas de los agentes de retención y/o percepción de los impuestos provinciales, deudas tributarias y de naturaleza no tributaria, conforme las disposiciones previstas en la reglamentación que dicte la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.).

DECRETO (Neuquén) 305/2024 – Cronograma de actualización de tasa y montos fijos establecidos en la ley impositiva.

Por medio del presente decreto, se establece un cronograma trimestral de incrementos de tasas y montos fijos establecidos en la ley impositiva para el período 2024, que la Dirección Provincial de Rentas publicará mediante la emisión de la norma correspondiente.

LEY (San Luis) VIII-1116-2024 – Régimen de regularización, sinceramiento de deudas y modificaciones al código tributario.

A través de la mencionada ley, se abre un amplio régimen de regularización de deudas impositivas y en general de toda obligación con organismos del estado provincial vencidas al 31 de diciembre de 2023 con amplios beneficios de acuerdo al tipo de deuda. Asimismo se establecen modificaciones al código tributario provincial.

Entre sus principales aspectos se destaca:

* Régimen de regularización

Podrán incluirse las siguientes deudas:

Tributarias:

– Impuesto sobre los Ingresos Brutos;

– Impuesto Inmobiliario;

– Impuesto de Sellos;

– Impuesto a los Automotores, Acoplados y Motocicletas;

– Agentes de Recaudación, Retención y Percepción de todos los tributos;

– Multas Artículo 63 Código Tributario Provincial (CT);

– Multas Artículo 64 Código Tributario Provincial (CT);

– Multas por incumplimientos de actuar como Agentes de Retención, Percepción, Recaudación e Información;

– Multas por incumplimientos formales;

– Saldos pendientes de planes de pago suscriptos con anterioridad a la presente.

No tributarias:

– Tasas Administrativas;

– Tasas de Registro de Marcas y Señales y Expedición de Guías de Ganado y Frutos del País;

– Tasas de Derecho de Explotación Minera y Comercio de Áridos;

– Derecho de Uso y Consumo de Agua;

– Multas aplicables por los Organismos del Estado Provincial, centralizados, descentralizados, desconcentrados y autárquicos;

– Cuotas de Viviendas construidas por el Estado Provincial;

– Cuotas de Préstamos otorgados por el Estado Provincial y demás organismos estatales.

La cancelación podrá efectuarse al contado, en cuyo caso se reduce la deuda al 50%, o en hasta 40 cuotas.

El monto mínimo de las cuotas variará de acuerdo al concepto a regularizar, en el caso de impuesto sobre los ingresos brutos es de $ 10.000 y en el caso de impuesto de sellos $ 6.000.

Es requisito para poder acceder acreeditar el pago y/o regularización de obligaciones con vencimiento a partir del 1o de enero de 2024 y hasta el acogimiento al régimen.

El acogimiento podrá efectuarse hasta el 31 de mayo.

Modificaciones al Código Tributario

– Se incorpora dentro de las facultades de la Dirección Provincial: ordenar la baja de automotores, acoplados y motocicletas cuando se encuentren secuestrados, incautados y/o mediare desapoderamiento; establecer incentivos para promover la colaboración directa; crear el programa de ejecutores fiscales externos dependiente del poder ejecutivo de la provincia.

– Se eliminan las exclusiones que existían para el domicilio electrónico de ciertas comunicaciones.

– Respecto del Domicilio Fiscal Especial se establece que “el contribuyente podrá fijar un domicilio electrónico especial y/o un domicilio postal especial, que constituirán el domicilio válido para la entrega o recepción de liquidaciones, siendo plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen; surtiendo todos los efectos del domicilio fiscal.”.

– Las notificaciones, citaciones e intimaciones etc. podrán efectuarse por comunicación informática en las formas, requisitos y condiciones que establezca la Dirección. Dicha notificación se considerará perfeccionada mediante la puesta a disposición del archivo o registro que lo contiene, en el domicilio electrónico constituido del sujeto.

– El título ejecutivo para el apremio podrá ser en formato papel o documento digital.

– Se otorgan al juez interviniente en demandas de apremio, en nuevas facultades para trabar medidas precautorias, embargos, etc.

– Se adecua el acto de notificación y diligenciamiento respecto del domicilio electrónico fiscal.

Ley impositiva

Por último , se señala que se incorpora la alícuota del 0% en el impuesto de sellos para “Todos los actos, contratos, operaciones, documentos que se instrumenten en el marco de programas de financiamiento que realice el Gobierno de la provincia de San Luis para proyectos de inversión y capital de trabajo a emprendedores.”

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