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Novedades Impositivas 06/02/25

RESOLUCIÓN GENERAL (API Santa Fe) 7/2025 – “Red Plus Pagos”: Nuevo medio de pago para cancelación de obligaciones fiscales.

La provincia de Santa Fe incorpora un nuevo medio de pago permitiendo la cancelación de obligaciones fiscales a través de la plataforma “Red Plus Pagos”. Este servicio estará disponible las 24 horas, todos los días del año, en forma inmediata a la liquidación de la deuda.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 7/2025 – Constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos: Incorporación de nuevas exigencias para su validez. 

La Dirección General de Rentas de Tucumán actualiza la normativa respecto a las exigencias para la validez de la constancia de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

En este marco, se incorporan las siguientes situaciones que afectarán dicha validez:

  1. Planes de pago caducos: Contribuyentes con planes de facilidades de pago vencidos hasta el penúltimo mes anterior a la vigencia de la constancia.
  2. Deudas en ejecución fiscal: Contribuyentes con deudas en proceso de ejecución fiscal hasta el mismo período mencionado anteriormente.
  3. Incumplimiento de agentes de retención/percepción: Agentes que no hayan presentado o abonado sus declaraciones juradas hasta el penúltimo mes previo a la vigencia de la constancia.

Por otra parte, se realizaron ciertas aclaraciones para la nómina de sujetos pasibles de percepción, en relación con los coeficientes aplicables para aquellos contribuyentes y/o responsables del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que no cumplan con la presentación y/o pago de las declaraciones juradas correspondientes a dicho impuesto y sus anticipos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGIP La Rioja) 2/2025 – Prórroga del Régimen Especial de Regularización de deudas de Obligaciones Tributarias.

La Dirección General de Ingresos Provinciales de La Rioja ha dispuesto una prórroga hasta el 28 de febrero de 2025 para adherir al Régimen Especial de Regularización de Deudas de Obligaciones Tributarias Provinciales. Este régimen abarca todos los tributos administrados por dicha Dirección, incluyendo las deudas vencidas y exigibles hasta el 31 de agosto de 2024, inclusive.

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