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Novedades Impositivas 04/09/25

RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5752 – Se deroga el deber de información respecto de operaciones económicas con representantes de sujetos extranjeros. 

Mediante la presente, se dispone la derogación del régimen de información establecido por la Resolución General (AFIP) 3285, aplicable a las operaciones económicas concertadas entre residentes en el país y representantes de sujetos del exterior.

La presente resolución entrara en vigor a partir del 1 de septiembre de 2025.

RESOLUCIÓN (ME) 1305/2025 – Emergencia agropecuaria en la Provincia de Buenos Aires por inundaciones.

Mediante la presente, se declara estado de emergencia agropecuario a partir del 1° de marzo al 31 de agosto de 2025 respecto de las explotaciones afectadas por inundaciones en determinadas jurisdicciones de la provincia de Buenos Aires. 

Señalamos que, los productores comprendidos deberán acreditar dicha condición mediante la presentación del certificado expedido por la autoridad provincial competente.

RESOLUCIÓN (ME) 1306/2025 – Emergencia agropecuaria en la provincia de San Juan por granizo y peronóspora. 

El Ministro de Economía de la Provincia de San Juan, establece estado de emergencia por desastre agropecuario, desde el 1° de abril de 2025 hasta el 31 de marzo de 2026, para explotaciones frutihortícolas ubicadas en determinados departamentos de la provincia de San Juan, a raíz de los daños ocasionados por granizo y peronóspora.

Cabe señalar que, los productores alcanzados deberán acreditar su inclusión mediante un certificado emitido por la autoridad provincial competente.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 50/2025 – Exclusión de contribuyentes del régimen de percepción y retención.

La Dirección General de Rentas de la Provincia de Tucumán, excluye, entre el 1° y el 30 de septiembre de 2025, a determinados contribuyentes como sujetos de percepciones y retenciones previstas en las RG (DGR Tucumán) 86/2000, 54/2001 y 23/2002. 

En consecuencia, los agentes de percepción y retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos deberán verificar nuevamente el padrón de contribuyentes conforme lo establecido en las citadas resoluciones

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