RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5521 Empleados en relación de dependencia. Extienden plazo para presentar la Declaración Jurada Informativa 2023.
Se extiende hasta el 30/9/2024 el plazo para que los sujetos pasibles de retención del impuesto –RG(AFIP) 4003, art 14 y RG (AFIP) 2442, art. 8- presenten las declaraciones juradas informativas del año 2023.
Asimismo, estarían sujetos a la citada obligación los sujetos que hayan obtenido rentas brutas anuales superiores a $15.917.863,58 en el año 2023.
Se adecua también el régimen de retención del impuesto con motivo de la deducción del 10% del monto de alquileres de inmuebles destinados a casa-habitación, que puede ser computada por el locatario y por el locador –con motivo de la reforma a la ley de alquileres dispuesta por la Ley 27.737-.
RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 52/2024 Adecuación de los regímenes generales de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos.
Por medio de la Resolución mencionada, se adecúa el régimen general de retención -RG (DGR Tucumán): 23/2002- y el régimen general de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos -RG (DGR Tucumán) 86/2000-, estableciendo que en el caso de que el importe sujeto a percepción se exprese en moneda extranjera, la misma se deberá practicar sobre su equivalente en moneda argentina al tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina, vigente al cierre del día hábil inmediato anterior.

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