RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5578 – Régimen de Regularización de Activos: Adecuación de disposiciones.
Mediante la presente, la Administración Federal de Ingresos Públicos decide adecuar sus disposiciones con motivo de la prórroga en las fechas adhesión, pago y presentación de la Declaración Jurada aplicable en las tres etapas de adhesión al Régimen de Regularización de Activos, que fuera dispuesta en el día de ayer 30 de septiembre por medio del Decreto 864/2024.
RESOLUCIÓN (ME) 984/2024 – Chaco declara Estado de Emergencia Agropecuaria.
La Provincia de Chaco declara estado de emergencia y/o desastre agropecuario por un año, a partir del 27 de marzo de 2024, para las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía en varios departamentos de la provincia del Chaco.
Asimismo, se establece el 27 de marzo de 2025 como la fecha de finalización del ciclo productivo para las explotaciones agropecuarias afectadas.
RESOLUCIÓN (ME) 986/2024 – La Pampa declara Estado de Emergencia Agropecuaria
La Provincia de La Pampa establece que a partir del 30 de septiembre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, se declara el estado de emergencia agropecuaria para las explotaciones agrícolas, ganaderas y apícolas afectadas por sequía en varios departamentos de La Pampa.
LEY (Poder Legislativo San Luis) VIII-1134/2024 – Adhesión al Régimen de Regularización de Activos.
A través de la presente, la Provincia de San Luis se adhiere al Régimen de Regularización de Activos según lo establecido en la Ley Nacional N° 27.743, Título II.
Se determina que los contribuyentes que se adhieran a este régimen quedarán exentos del pago del impuesto sobre los ingresos brutos y del impuesto de sellos que hubiere correspondido ingresar por las operaciones que originaron los fondos o bienes regularizados. La excepción de pago incluirá la obligación principal, así como intereses, recargos, multas y otros accesorios que pudieran corresponder.
Para acceder a estos beneficios, los solicitantes no deben tener deudas exigibles por tributos provinciales en el momento de realizar la solicitud de adhesión.
RESOLUCIÓN GENERAL (DPIP San Luis) 29/2024- Plan de facilidades de pago
La Dirección Provincial de Ingresos Públicos de San Luis establece un plan de facilidades de pago aplicable a quienes registren deuda con una antigüedad mayor a 30 días al momento de la suscripción del plan, para todos los contribuyentes, responsables y/u obligados de los tributos, accesorios, multas y obligaciones que autorice la presente norma.
Destacamos que, para acceder al plan se deberá acreditar el pago de las obligaciones corrientes que no se encuentren contempladas en el mismo. El plan podrá abonarse en hasta 12 cuotas con intereses y podrá gestionarse en el portal web o en las oficinas de la Dirección Provincial de Ingresos Públicos.
Se destaca que la vigencia de dicho plan es a partir del 23 de septiembre de 2024.
DISPOSICIÓN GENERAL (DGR Catamarca) 37/2024 – Domicilio fiscal electrónico: Sujetos obligados.
El Director General de Rentas de la Provincia de Catamarca establece el procedimiento para la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico, el cual es obligatorio para todos los contribuyentes y/o responsables en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Este será un requisito previo para inscribirse en los impuestos y/o regímenes correspondientes.
Los contribuyentes y/o responsables que solo estén sujetos al impuesto inmobiliario y al impuesto a los automotores podrán optar por constituir su domicilio fiscal electrónico de manera opcional. Asimismo, a través del Domicilio Fiscal Electrónico se recibirán notificaciones y comunicaciones oficiales emitidas por la Dirección General de Rentas y sus dependientes.

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