RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5741 – Prórroga del plazo para la presentación de obligaciones fiscales con vencimiento el 30 de julio de 2025.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero resolvió que las obligaciones de presentación de declaraciones juradas determinativas e informativas y, en su caso, de pago de impuestos y recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento original operó el 30 de julio de 2025, se considerarán cumplidas en término si se efectivizan hasta el 1 de agosto de 2025 inclusive.
RESOLUCIÓN GENERAL (ARCA) 5742 – Nuevas disposiciones en el régimen de facilidades de pago del impuesto a las ganancias para sujetos que hubieran computado quebrantos actualizados.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso la ampliación del régimen de facilidades de pago establecido por la RG 5684 y su modificatoria.
Esta medida tiene como objetivo facilitar la regularización de saldos del impuesto a las ganancias correspondientes a períodos fiscales no prescriptos, incluyendo por un lado declaraciones juradas rectificativas por cómputo de quebrantos actualizados por inflación, y, por otro lado, las declaraciones correspondientes a ejercicios comerciales cerrados entre diciembre de 2024 y noviembre de 2025, con quebrantos computados a valores históricos.
A continuación se destacan las principales modificaciones:
- Se incluyen las multas que se hayan generado dentro de los conceptos regularizables.
- Ampliación del máximo de cuotas: hasta 36 cuotas mensuales para contribuyentes generales, y hasta 120 cuotas para los sujetos que manifiesten mediante el servicio “Presentaciones Digitales” o en el ámbito judicial la decisión de aplicar el ajuste por inflación a los quebrantos, hasta el 4 de agosto de 2025 inclusive.
- Reducción del pago a cuenta del tres por ciento (3%) al dos por ciento (2%).
- Monto mínimo por cuota: $50.000 para contribuyentes generales y $500.000 para los comprendidos en el inciso c) del artículo 2°.
- Se incluye la posibilidad de refinanciar los planes ya presentados.
Las adecuaciones introducidas al régimen de facilidades de pago previsto en la Resolución General 5684 y su modificatoria estarán disponibles para la adhesión en el sistema informático “Mis Facilidades” a partir del 12 de agosto de 2025.
La refinanciación de los planes de facilidades de pago vigentes, conforme a lo establecido, estará disponible en el sistema “Mis Facilidades” a partir del 2 de septiembre de 2025, inclusive.
RESOLUCIÓN (MHF Mendoza) 185/2025 – Mendoza: nuevas tasas de interés resarcitorio y punitorio vigentes a partir de agosto de 2025.
El Ministerio de Hacienda y Finanzas de Mendoza establece nuevas tasas de interés aplicables a obligaciones tributarias, con vigencia a partir del 1 de agosto de 2025:
- Interés resarcitorio: 2% mensual, con aplicación quincenal, para deudas tributarias.
- Interés punitorio: 3,5% mensual, también de aplicación quincenal.
- Interés de financiación: 1,75% mensual, aplicable a los planes de facilidades de pago otorgados por la Administración Tributaria Mendoza (A.T.M.).
Además, se menciona que la mora en el componente provincial del Régimen Simplificado del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Mendoza se regirá por la Resolución Conjunta AFIP–ATM 4351/18, aplicando la tasa de interés resarcitorio que fije la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Mendoza) 45/2025 – Actualización de índices para el cálculo de intereses fiscales desde agosto 2025.
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) actualiza los índices aplicables al cálculo de intereses resarcitorios y punitorios correspondientes al ejercicio fiscal 2025, con vigencia desde el 1 de agosto de 2025.
RESOLUCIÓN GENERAL (ATM Misiones) 14/2025 – Misiones: nuevas disposiciones sobre los requisitos fiscales para obtener constancias.
La Agencia Tributaria Misiones introduce importantes modificaciones al procedimiento para la obtención del Certificado Fiscal para Contratar y la Constancia de Cumplimiento del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el objetivo de agilizar y digitalizar los trámites administrativos.
Principales cambios:
- Se habilita la solicitud digital de constancias a través del sitio web oficial con clave fiscal.
- Se elimina la Tasa Administrativa de Actuación para todos los trámites ante la Dirección General de Rentas.
- Actualización de los formularios y requisitos para la emisión de constancias y certificados.
- Precisión sobre la documentación que debe acompañar la solicitud (datos del contrato, monto a percibir, CUIT del pagador, etc.).
- Aclaración sobre la obligatoriedad del “Alta del Certificado Fiscal para Contratar” y su vigencia de 120 días corridos.
- Se establece un nuevo procedimiento de verificación en línea del Certificado Fiscal para Contratar mediante Clave Única de Validación (CUV).
La norma entra en vigencia el 1 de agosto de 2025.
RESOLUCIÓN GENERAL (ATP Chaco) 28/2025 – Chaco: actualización de requisitos para la cesión de créditos fiscales.
La Administración Tributaria Provincial del Chaco introduce modificaciones a la RG N° 2057/2020 con el objetivo de flexibilizar y actualizar los requisitos para la transferencia de créditos fiscales.
Entre las principales actualizaciones se destacan:
- Reducción del período de proyección de obligaciones fiscales de doce a seis meses.
- Eliminación del informe técnico con firma de contador público.
- Nuevo requisito: el contribuyente no debe tener procesos de fiscalización o verificación en curso, ni deudas o intimaciones en trámite administrativo o judicial.
- Formalización mediante escritura pública únicamente una vez obtenida la convalidación del crédito.
- Se mantiene el plazo de 30 días corridos desde la notificación para completar el trámite de transferencia.
- Se precisan los datos requeridos en el Formulario de Solicitud de Transferencia de Crédito Convalidado, incluyendo información del cedente y cesionarios.
Se establece una excepción a la escritura pública para transferencias entre familiares directos y ciertos casos específicos vinculados al sistema SIRCREB.

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