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Impuestos

Novedades Impositivas - 29/09/2022

septiembre 2022


RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5264 – Remito Electrónico Harinero (“REH”): Se fija procedimiento para consignar en los comprobantes electrónicos los números de los remitos vinculados.

Para aquellos sujetos obligados a utilizar el “Remito Electrónico Harinero” - “REH” - la AFIP establece un procedimiento a los fines de consignar en los comprobantes electrónicos que se emitan para respaldar las operaciones de venta de harinas y/o subproductos derivados de la molienda de trigo, el o los números de aquellos remitos vinculados. Al momento de confeccionar el comprobante electrónico de facturación, se deberá seleccionar la actividad por la cual se está realizando el mismo, con el objeto de identificar el o los “REH” emitidos a incorporar en dicho documento.

La vinculación tendrá mínimas condiciones las cuales son:

A) El sujeto receptor del comprobante electrónico coincida con el destinatario de la mercadería trasladada (dicha condición no será aplicable cuando se efectúe un REH destinado a la exportación).

B) el “REH” a vincular se encuentre aceptado total o parcialmente.

Asimismo, se deberá consignarse en el comprobante electrónico a emitir todos los productos que se encuentren detallados en el o los “REH” respectivos, no pudiéndose agregar otras mercaderías que no estén incluidas en dichos documentos de traslado.

Las disposiciones de esta norma entrarán en vigencia y resultarán de aplicación optativa para los comprobantes electrónicos de facturación que deban emitirse a partir del 1 de febrero de 2023 y obligatoria para aquellos a emitir desde el 1 de marzo de 2023, ambas fechas inclusive.

RESOLUCIÓN (AREF T. del Fuego) 711/2022 - Adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA -.

Mediante la misma la provincia de Tierra del Fuego se adhiere al régimen de recaudación unificado “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA”.

DISPOSICIÓN (SsPyME) 1/2022 – Régimen de crédito fiscal: prorrogan hasta el 28 de octubre la convocatoria a presentación de proyectos de Capacitación PyME.

Se dispone a prorrogar el plazo para la presentación de Proyectos de Capacitación bajo el Régimen de Crédito Fiscal, hasta el día 28 de octubre de 2022 inclusive, o hasta agotar el cupo anual asignado al Régimen de Crédito Fiscal, lo que ocurra primero.

Entiéndanse como Proyectos de Capacitación a los establecidos por la Ley 22.317. Son proyectos que contribuyan al sostenimiento de escuelas o cursos de educación técnica, de nivel básico, del Consejo Nacional de Educación Técnica o universidades nacionales o provinciales. También aquellos que se organicen en forma propia o en colaboración con otras personas, o se preste asistencia financiera a los organizados por asociaciones, instituciones o cámaras, siempre que estén aprobados por el Consejo Nacional de Educación Técnica.

RESOLUCIÓN (UCGPP Bs.AS. cdad.) 158/2022 - Presentación de proyectos en el Distrito de integración productiva e impulso al trabajo en barrios populares.

Mediante la misma se aprueban los procedimientos, requisitos y formularios para la presentación de proyectos de desarrollo de espacios en el Distrito de Integración Productiva e Impulso al trabajo en Barrios Populares, establecidos en la Ley 6.545. Dichas inversiones, tienen como consecuencia beneficios fiscales, tales como la posibilidad de computarse como pago a cuenta un porcentaje de las mismas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, respecto de las actividades económicas que desarrollen en CABA.

RESOLUCIÓN NORMATIVA (ARBA Bs.AS. cdad.) 23/2022 - Registro Único Tributario-Padrón Federal: ARBA dispone la incorporación a partir del 1° de octubre de 2022 para contribuyentes de convenio multilateral con sede en Buenos Aires.

Se dispone la incorporación a partir del 1° de octubre de 2022, de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en convenio multilateral con jurisdicción sede en la provincia de Buenos Aires, en el Registro Único Tributario – Padrón Federal -.

Asimismo, se establece que dichos contribuyentes que se encuentren inscriptos en tal carácter en esta jurisdicción serán incorporados de oficio en el “Registro Único Tributario - Padrón Federal” con los datos con los que se encuentren registrados. Dichos sujetos deberán verificar tales datos y, de corresponder, efectuar su corrección a través del servicio “Sistema Registral” disponible en el sitio oficial de internet de la AFIP.

A partir de la fecha mencionada para efectuar la inscripción en el gravamen, modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio los contribuyentes deberán acceder y hacerlo a través del “Registro Único Tributario - Padrón Federal”, desde el servicio “Sistema Registral” disponible en el sitio oficial de internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 81/2022 - Se consideran cumplidas en tiempo y forma hasta el 30 de septiembre de 2022 las obligaciones tributarias a fin de acogerse al régimen de regularización de deudas fiscales.

Se consideran cumplidas en tiempo y forma a sus respectivos vencimientos las obligaciones tributarias abonadas hasta el día 30 de septiembre de 2022 inclusive, con los respectivos intereses establecidos, cuyos vencimientos operaron durante los meses de Mayo, Junio, Julio y Agosto de 2022, según la obligación de que se trate a fin de posibilitar el acogimiento al régimen de regularización de deudas fiscales.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 80/2022 - Registro Único Tributario-Padrón Federal: obligatorio a partir del 1° de octubre de 2022 para contribuyentes de convenio multilateral con sede en Tucumán.

Se establece que los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Régimen del Convenio Multilateral con jurisdicción sede en la Provincia de Tucumán, deberán utilizar el Registro Único Tributario - Padrón Federal como único medio autorizado para cumplir los requisitos formales de inscripción en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades y/o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión a partir del 1° de octubre del 2022.

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