SITIO WEB GLOBAL

Impuestos

Novedades Impositivas - 25/07/2022

julio 2022


Resolución General (Administración Federal de Ingresos Públicos) 5238. Se simplifica el procedimiento para la obtención de CUIT por parte de personas jurídicas que se inscriban en la Provincia de Bs As.

A través de la Resolución General de referencia, se establece el procedimiento simplificado para la obtención del CUIT para las sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, contratos asociativos y contratos de fideicomiso que requieran su inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires.

Cabe mencionar que la norma resultará de aplicación conforme el siguiente esquema:

-Sociedades Anónimas (SA) y Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL): para las solicitudes de registro que se realicen a partir del 1/08/2022

-Resto de sociedades, asociaciones civiles, fundaciones y contratos asociativos y de fideicomiso de acuerdo a la normativa que dicte la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.

Resolución General (Administración Federal de Ingresos Públicos) 5239. Impuestos a las entradas de espectáculos cinematográficos y a los videogramas grabados. Actualización de la normativa.

La Administración Federal de Ingresos Públicos sustituye la reglamentación que establece los plazos, formas y condiciones para la liquidación e ingreso de los impuestos a las entradas de espectáculos cinematográficos y a los videogramas grabados.

Se destaca que mantiene la vigencia el programa aplicativo denominado “CIRAVI Versión 4.0” y los formularios de declaración jurada correspondientes.

Se presume que los cambios obedecen a la eliminación del impuesto a los Servicios de Radiodifusión –L. 26.522-.

Resolución (Agencia de Recaudación Tributaria Río Negro) 520/2022.Se actualizan los montos mínimos sujetos a retención.

Mediante la presente Resolución, la Agencia de Recaudación Tributaria de Rio Negro actualiza en $5.000 el monto mínimo sujeto a retención, excepto aquellos pagos realizados por determinados agentes de retención.

Resolución (Ministerio de Hacienda y Finanzas Corrientes) 661/2022. Régimen especial de facilidades de pago para obligaciones tributarias en instancias administrativas o judiciales. Prórroga hasta el 31/12/2022.

El ministerio de Hacienda y Finanzas de Corrientes extiende, hasta el 31/12/2022, el plazo para acogerse al régimen especial de regularización de obligaciones tributarias que se encuentren en instancia administrativa o judicial, cuya recaudación se halle a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia -D. (Corrientes) 3041/2014-.

Resolución (Ministerio de Hacienda y Finanzas Corrientes) 660/2022. Régimen extraordinario de regularización de obligaciones tributarias en instancia de cobro judicial. Prórroga hasta el 31/12/2022.

El ministerio de Hacienda y Finanzas de Corrientes extiende, hasta el 31/12/2022, el plazo para acogerse al régimen extraordinario de regularización de obligaciones tributarias en instancia de cobro judicial -D. (Corrientes) 2568/2011-.

Es importante recordar las principales características del presente régimen:

-El importe de capital de la deuda deberá abonarse al contado.

-Se prevé una condonación del 75% de los intereses adeudados, y el 25% restante podrá ser cancelado en hasta 6 cuotas mensuales y consecutivas.

-Se fija en 1,5% mensual el interés de financiación que devengará la deuda financiada, sobre saldos, sistema de amortización francés.

-El vencimiento de cada cuota se producirá el día 10 de cada mes o inmediato hábil siguiente, y el de la segunda cuota operará en el mes siguiente al pago del anticipo, cuando este venza entre los días 1 y 15, o en el mes subsiguiente cuando venza entre los días 16 y 31.

Resolución (Ministerio de Hacienda y Finanzas Corrientes) 658/2022. Régimen extraordinario de regularización de multas por infracciones formales o materiales en instancia de cobro administrativo o judicial. Prórroga hasta el 31/12/2022.

El ministerio de Hacienda y Finanzas de Corrientes extiende, hasta el 31/12/2022, la fecha hasta la cual los contribuyentes podrán acceder al régimen extraordinario de regularización de multas por infracciones a los deberes formales o materiales que se encuentren en instancia de cobro administrativo o judicial, cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentren a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia -D. (Corrientes) 1182/2015-.

Entre las principales características del presente régimen, destacamos las siguientes:

-Las multas por infracciones formales o materiales serán aquellas que se encuentren firmes e impagas dentro del plazo de vigencia del presente régimen.

-Se exime de intereses a las multas que se regularicen durante la vigencia del presente régimen abonándolas al contado.

El sitio web de Russell Bedford emplea cookies para mejorar su experiencia de usuario. Hemos actualizado nuestra política de cookies para reflejar los cambios en la ley sobre cookies y tecnologías de seguimiento utilizadas en los sitios web. Si continúa en este sitio web, estará dando su consentimiento para nuestro uso de cookies.

Find out more
I accept