SITIO WEB GLOBAL

Impuestos

Novedades Impositivas - 23/02/2022

febrero 2022


Decreto (Poder Ejecutivo) 88/2022 – Presupuesto de la Nación prorrogado para el año 2022. Modificaciones.

A través del presente decreto, se realizan modificaciones en el Presupuesto de la Nación prorrogado para el año 2022.

Dentro del ámbito impositivo, se amplía a un millón de metros cúbicos el volumen autorizado a importar de gasoil y diésel oil para su venta en el mercado interno. A dichas importaciones se las exime del impuesto sobre los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono. Asimismo, se prorroga a partir del 1/1/2022, y por el término de dos años, el Fondo Nacional de Incentivo Docente.

Resolución (Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Buenos Aires Ciudad) 46/2022. Impuesto sobre los Ingresos Brutos. Regularización de las obligaciones tributarias para sujetos alcanzados por el Impuestos sobre los Combustibles Líquidos. Reglamentación.

Mediante la presente resolución, la AGIP establece las modalidades, términos y condiciones para regularizar los anticipos del impuesto sobre los ingresos brutos, de los períodos no prescriptos, adeudados por los sujetos alcanzados por el impuesto sobre los combustibles líquidos.

En este sentido, se destaca que podrán adherir al régimen aquellos sujetos que realicen las actividades que se detallan a continuación:

- 466111- Venta al por mayor de combustibles para reventa comprendidos en la Ley Nacional N° 23.966 para automotores.

- 466112- Venta al por mayor de combustibles (excepto para reventa) comprendidos en la Ley Nacional N° 23.966 para automotores.

- 466119- Venta al por mayor de combustibles n.c.p. y lubricantes para automotores.

- 466122- Venta al por mayor de combustible para reventa comprendidos en la Ley Nacional N° 23.966; excepto para automotores.

- 466123- Venta al por mayor de combustibles (excepto para reventa) comprendidos en la Ley Nacional N° 23.966 excepto para automotores.

- 466129- Venta al por mayor de combustibles, lubricantes, leña y carbón, excepto gas licuado y combustibles y lubricantes para automotores.

Los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos mencionados deben interponer la presentación hasta el día 4/10/2022.

Resolución General (Administración Provincial de Impuestos Santa Fe) 14/2022. Régimen de promoción de la Economía del Conocimiento. Reglamentación de los beneficios.

Se reglamentan los beneficios vinculados al régimen de promoción de la Economía del Conocimiento en Santa Fe.

Al respecto destacamos que se encuentran incluídos con los beneficios para los contribuyentes o responsables que no teniendo deudas fiscales con la provincia, sean considerados "Pymes Santafesinas" cuyos ingresos brutos anuales (gravados, no gravados, exentos o gravado a tasas cero) devengados en el año fiscal anterior al considerado no hayan superado los montos máximos para cada sector de actividad, definidos por la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.

Los beneficios serán otorgados por el plazo de 2 años, debiendo los contribuyentes o responsables solicitar la renovación una vez vencido dicho plazo.

El sitio web de Russell Bedford emplea cookies para mejorar su experiencia de usuario. Hemos actualizado nuestra política de cookies para reflejar los cambios en la ley sobre cookies y tecnologías de seguimiento utilizadas en los sitios web. Si continúa en este sitio web, estará dando su consentimiento para nuestro uso de cookies.

Find out more
I accept