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Impuestos

Novedades Impositivas – 21/12/2020

diciembre 2020


RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4885

Se incorpora como deducción a computar para los trabajadores en relación de dependencia, el importe percibido en virtud del régimen de percepción de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales por compras de moneda extranjera para atesoramiento y compras con tarjetas de crédito y/o débito en igual moneda

El sujeto pasible de la percepción podrá acceder a través del sitio “web” de AFIP con su “Clave Fiscal”, al servicio denominado “Mis retenciones” para consultar la información relativa a las percepciones que le fueron practicadas conforme al régimen de que se trata.

RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 4883

Se incorpora la información adicional que las entidades financieras deberán suministrar en relación a las cuentas denominadas “Cuenta especial repatriación de fondos – Resolución General AFIP Nº 4816/2020 y sus modificatorias.

Las entidades financieras deberán informar los datos con relación a todos los créditos y débitos efectuados en dichas cuentas y dicha información deberá ser suministrada en forma mensual a través del Sistema Informativo de Transacciones Económicas Relevantes (SITER).

DECRETO 1034/2020

Se aprueba la reglamentación a la ley 27.506 de régimen de promoción de la economía del conocimiento. Las obligaciones/beneficios a destacar son:
-  Se fija derecho de exportación del 0% a las prestaciones de servicios realizadas en el país, cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior.
-  Se establece un bono de crédito fiscal por un valor fijo y uniforme del setenta por ciento (70 %) el que se otorgará sobre el monto de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado con destino a los subsistemas de la Seguridad Social.
-  Se estructura el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC) como de un fideicomiso de administración y financiero.

 RESOLUCIÓN 268/2020 – Provincia de Mendoza

Se da por declarado en la Provincia de Mendoza el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2022, a las explotaciones agrícolas afectadas por heladas en diferentes departamentos y/o distritos mencionados en dicha resolución. A los efectos de poder acogerse a los beneficios, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo.

DECRETO 1033/2020

El Poder Ejecutivo extiende el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio a todo el país y hasta el 31 de enero del año que viene.
Adicionalmente, se continuará abonando la "compensación no remunerativa" para trabajadores mayores de 60 años, embarazadas y en grupo de riesgos.

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