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Impuestos

Novedades Impositivas - 21/07/2023

julio 2023


RESOLUCIÓN GENERAL (AFIP) 5391 – La AFIP establece un pago a cuenta extraordinario del impuesto a las ganancias para determinadas sociedades de capital. 

La AFIP establece un pago a cuenta del impuesto a las ganancias cancelable en 3 cuotas mensuales, para las sociedades, asociaciones, fundaciones, fideicomisos y fondos comunes de inversión que cumplan las siguientes condiciones:

Hayan informado un Resultado Impositivo -sin aplicar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores conforme la mencionada ley del impuesto- que sea igual o superior a seiscientos millones ($ 600.000.000.-), 

No hayan determinado impuesto.

El pago a cuenta será computable, en el período fiscal siguiente al que se haya tomado como base de cálculo, de acuerdo al siguiente detalle:

a) Con cierre de ejercicio operado entre los meses de agosto y diciembre de 2022, ambos inclusive: período fiscal 2023.

b) Con cierre de ejercicio operado entre los meses de enero y julio de 2023, ambos inclusive: período fiscal 2024.

Asimismo, el monto del pago a cuenta se determinará aplicando el 15% sobre el Resultado Impositivo del período fiscal inmediato anterior a aquel al que corresponderá imputar el pago a cuenta, sin considerar la deducción de los quebrantos impositivos de ejercicios anteriores. 

El mismo será abonado en 3 cuotas iguales y consecutivas, en las fechas que se indican a continuación:

CIERRE DE EJERCICIO -  FECHA DE VENCIMIENTO CUOTAS N°1, N°2 Y N°3

·      Agosto a Diciembre 2022: 22 de agosto/septiembre/octubre de 2023, respectivamente.

·      Enero a Mayo 2023: 22 de diciembre de 2023 y enero/febrero de 2024, respectivamente.

·      Junio 2023: 22 de enero/febrero/marzo de 2024, respectivamente.

·      Julio 2023:  22 de  febrero/marzo/abril de 2024, respectivamente.

 

RESOLUCIÓN (ME) 1027/2023 - Estado de emergencia agropecuaria en Tucumán desde el 23 de marzo de 2023 y hasta el 23 de marzo de 2024.

Mediante la misma, el ministerio de Economía establece en la Provincia de Tucumán el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, desde el 23 de marzo de 2023 y hasta el 23 de marzo de 2024, a las explotaciones de soja, maíz, poroto, sorgo, caña de azúcar, citrus, palta y actividad ganadera en su conjunto afectadas por sequía en todo el territorio de la provincia excepto en el Departamento de Tafí del Valle.

 

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 818/2023 - Prórroga de la carga simplificada manual de los importes totales de declaraciones juradas de agentes de recaudación del impuesto de sellos.

La Dirección General de Rentas de San Juan dispone una carga simplificada manual de los importes totales del procedimiento para la presentación de las declaraciones juradas de agentes de recaudación del impuesto de sellos hasta el 30 de Septiembre de 2023.

 

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 817/2023 - Prórroga de la carga simplificada manual de los importes totales para el servicio de "Presentación de Declaración Jurada de Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos - Plazo Fijo".

La Dirección General de Rentas de San Juan establece una carga simplificada manual de los importes totales del procedimiento para el servicio de “Presentación de las declaraciones juradas de agentes de recaudación del impuesto de sellos – Plazo Fijo” hasta el 30 de Septiembre de 2023. 

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