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Impuestos

Novedades Impositivas - 16/12/2021

diciembre 2021


Ley (Corrientes) 6585 – Adhesión al Consenso Fiscal del 17 de diciembre de 2020.

Por medio de la presente Ley la Provincia de Corrientes aprueba el Consenso Fiscal 2020, acuerdo suscripto el 4 de diciembre de 2020 entre el Poder Ejecutivo Nacional y los representantes de las Provincias.

En ese orden, se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a disponer todas las medidas y dictar las normas necesarias para dar cumplimiento a los compromisos asumidos en el presente Acuerdo.

Ley (Corrientes) 6587 – Adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento.

A través de la Ley de Referencia la Provincia de Corrientes se adhiere al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento -L. 27506-.

Asimismo, se incorpora a los beneficiarios y las actividades del citado régimen al Régimen de Promoción de Inversiones creado por Ley N° 5470 de la Provincia de Corrientes.

Resolución General (DGR Corrientes) 222/2021 – Modificación régimen de percepción de ingresos brutos. Operaciones de mera compra.

Mediante la presente Resolución General se adecua, a partir del 1 de enero del 2022, al 2,9% la alícuota aplicable al régimen de percepción del impuesto sobre los ingresos brutos aplicable a las actividades de comercialización concertadas y/o perfeccionadas por intermediarios de productos pecuarios de la Provincia de Corrientes con destino a otra jurisdicción.

Proyecto de Ley de Presupuesto de la Nación 2022.

En el día de la fecha la Cámara de Diputados debatirá el proyecto del Presupuesto 2022 que cuenta con dictamen de mayoría de la Comisión de Presupuesto y Hacienda.

En materia impositiva, destacamos los siguientes puntos del proyecto de ley:

- Se establece la forma de imputación del ajuste por inflación positivo o negativo correspondiente al primer y segundo ejercicio iniciado a partir del 1 de enero de 2021. En ese sentido, se establece que, para el 2021, se podrá imputar un tercio de la inflación y los otros dos tercios se podrán aplicar en partes iguales en los períodos fiscales inmediatos siguientes.

- En el impuesto sobre los Bienes Personales se extiende durante toda la vigencia del gravamen la facultad del Poder Ejecutivo Nacional de incrementar las alícuotas para bienes situados en el exterior en hasta un 100%.

- Con relación al impuesto sobre los combustibles líquidos y del impuesto al dióxido de carbono, se exime del mencionado gravamen a las importaciones de gasoil y diésel oil, y a su venta en el mercado interno, realizadas durante el año 2022, a los fines de compensar los picos de demanda de tales combustibles, que no pudieran ser satisfechos por la producción local, destinados al abastecimiento del mercado de generación eléctrica.

- Se exime del impuesto al valor agregado y de cualquier otro gravamen a la importación para consumo y para vacunas y descartables importados por el Ministerio de Salud y/o el Fondo Rotatorio de la Organización Panamericana de la Salud destinados a asegurar las coberturas de vacunas para enfermedades prevenibles.

- Se prorroga por 10 períodos fiscales la vigencia del Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

- Se restablece el “Programa de Normalización para Reactivar la Construcción Federal Argentina” desde la entrada en vigencia de la ley de presupuesto nacional 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022.

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