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Impuestos

Novedades Impositivas - 13/07/2023

julio 2023


RESOLUCION 976/2023. REGÍMENES ESPECIALES. ESTADO DE EMERGENCIA AGROPECUARIA EN SAN LUIS DESDE EL 1 DE ENERO DE 2022 Y HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2023.

Mediante la presente resolución se declara el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en determinados departamentos de la provincia de San Luis, desde el 1/1/2022 y hasta el 31/12/2023, para las explotaciones agropecuarias afectadas por sequía, heladas e incendios.

 

DECRETO 2270-9/2023. TUCUMÁN. REGLAMENTACIÓN DEL RÉGIMEN PROVINCIAL DE PROMOCIÓN DE LA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO DE TUCUMÁN

Mediante el decreto citado se reglamenta el "Régimen Provincial de Promoción de la Economía del Conocimiento de Tucumán" -L. (Tucumán) 9629-.

Al respecto, destacamos que se aprueban las equivalencias de codificación de actividades entre el “Nomenclador de Actividades y Alícuotas Impuesto sobre los Ingresos Brutos” y las actividades listadas en el mencionado régimen, con los siguientes beneficios impositivos:

- Impuesto sobre los ingresos brutos: el beneficio previsto alcanza a los ingresos derivados de las actividades citadas anteriormente;

- Impuesto de sellos: deberá presentarse los instrumentos alcanzados por la exención para la intervención por parte de la Dirección General de Rentas;

- Impuesto para la salud pública: alcanza las retribuciones que se devenguen, de los empleados permanentes en relación de dependencia, incorporados a partir de la inscripción en el el Registro Provincial de Empresas de la Economía del Conocimiento de Tucumán, que presten servicios por tiempo indeterminado -mensualizados o jornalizados - con residencia en la provincia de Tucumán y afectados a actividades indicadas;

- Impuesto inmobiliario: conforme a los padrones informados a la Dirección General de Rentas por la Autoridad de Aplicación, con indicación del grado de afectación del Inmueble a la actividad beneficiada.

 

RG 489/2023. TIERRA DEL FUEGO. ADECUACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS DEL RÉGIMEN DE FACILIDADES PERMANENTE DESDE JULIO DE 2023.

La tasa de interés de financiación aplicable sobre el saldo de las deudas regularizadas a través del presente régimen de facilidades de pago, según el esquema y término de financiación, será:

1.- En caso de Planes de Pago de hasta seis (6) cuotas por obligaciones correspondientes al propio contribuyente: cinco por ciento (5 %) mensual;

2.- En caso de Planes de Pago de siete (7) hasta veinticuatro (24) cuotas por obligaciones correspondientes al propio contribuyente: cinco con cincuenta por ciento (5,50%) mensual;

3.- En caso de Planes de Pago de veinticinco (25) a treinta y seis (36) cuotas por obligaciones del propio contribuyente: siete por ciento (7 %) mensual; y

4.- En caso de Planes de Pagos suscriptos por agentes de retención o percepción, por deudas de impuestos retenidos o percibidos a los contribuyentes: ocho por ciento (8 %) mensual.

La presente entrará en vigencia a partir del día primero (1°) de julio de 2023

 

MONOTRIBUTO AFIP: RECATEGORIZACIÓN SEMESTRAL

Recordamos que el 20 de julio de 2023 vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización semestral con relación al semestre concluido el 30/06/2023.
La misma debe realizarse sobre la base de los ingresos brutos acumulados(recientemente incrementados), la energía eléctrica consumida y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 30/06/2023 y el precio unitario máximo de venta.

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