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Impuestos

Novedades Impositivas - 09/02/2022

febrero 2022


Resolución (AGIP Bs. As. Ciudad) 36/2022 – Reglamentación del cómputo como pago a cuenta en ingresos brutos del monto aportado al Fondo Fiduciario para el Desarrollo de la Economía Social "FONDES".

Por medio de la presente resolución la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos indica que los contribuyentes locales y de Convenio Multilateral del impuesto sobre los ingresos brutos, que decidan efectuar aportes destinados al fideicomiso constituido en el marco del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de la Economía Social (FONDES) -L. 6376 de Régimen de Promoción de la Economía Social-, podrán computar como pago a cuenta en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos el 25% del monto que hubieren aportado al fideicomiso al momento de la constitución del mismo y/o el 25% de los montos que hubieren aportado al fideicomiso con posterioridad a su constitución.

Asimismo se indica que estos aportes efectuados podrán ser imputados como un pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, siempre que no excedan del 100 % cuando se trate de un fiduciante que aporte por primera vez al FONDES en el año calendario y del 80% cuando se trate de un fiduciante que aporte por segunda vez, o más veces, al FONDES en un mismo año calendario.

Resolución General (API Santa Fe) 12/2022 – Reglamentación del régimen de regularización tributaria por deudas devengadas hasta el 30 de septiembre de 2021.

A través de la resolución general de referencia se establecen las formas, requisitos y demás condiciones para acceder al régimen de regularización de impuestos, tasas y contribuciones provinciales, sus intereses y multas, para deudas devengadas hasta el 30 de septiembre de 2021.

Al respecto, podrán incluirse deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, de sellos y patente única sobre vehículos, entre otras.

Asimismo, quedan excluidos los agentes de recaudación del sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no, los agentes de retención y/o percepción por los importes que hubieren retenido o percibido y que no fueron ingresados al Fisco, multas y cualquier otro concepto, y los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales.

Para formalizar el plan de pago se fija el siguiente cronograma a fin de solicitar o generar la liquidación de deudas:

- Hasta el 27 de Mayo de 2022 cuando las liquidaciones deban ser gestionadas en dependencias de la Administración Provincial de Impuestos o en las Municipalidades o Comunas.

- Hasta el 28 de Mayo de 2022 cuando las liquidaciones se generen desde el sitio web.

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