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Impuestos

Novedades Impositivas - 05/03/2021

marzo 2021


Decreto (Poder Ejecutivo Tucumán) 421-3/2021 – Prórroga de la alícuota 0% en el Impuesto de Sellos y sobre los Ingresos Brutos.

Mediante el decreto de referencia se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 inclusive, la alícuota del 0% en el Impuesto de Sellos y sobre los Ingresos Brutos para las siguientes actividades:

Impuesto de Sellos:

- Los créditos otorgados por las entidades financieras, que correspondan a financiaciones a líneas de capital de trabajo, en el marco de la emergencia epidemiológica -Comunicación “A” 6943 del Banco Central de la República Argentina- D. (Tucumán) 686-3/2020-;

- Las operaciones de descuento de certificados de obra pública efectuados con las entidades financieras sujetas al control de la ley nacional 21526 -D. (Tucumán) 687-3/2020-;

-  Las financiaciones en pesos de los créditos a tasa cero otorgados por entidades financieras. D. (Tucumán) 787-3/2020-;

- Las garantías y contragarantías de las sociedades de garantía recíproca vinculadas a los créditos otorgados por las entidades financieras -D. (Tucumán) 1008-3/2020-;

- Los actos, contratos y operaciones que instrumenten las garantías y contragarantías de las sociedades de garantía recíproca, siempre que se encuentren vinculadas a créditos otorgados a empresas MiPyMes -D. (Tucumán) 1772-3/2020-.

Impuesto sobre los Ingresos Brutos:

- Las actividades de bares, restaurantes, expendio de helados, alquiler de inmuebles para fiestas, gimnasios y afines -D. (Tucumán) 1520-3/2020-;

- Las actividades asociadas con el sector turístico -D. (Tucumán) 1119-3/2020-.


Resolución General (AFIP) 4939/2021 – Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino. Implementación del Certificado de Crédito Fiscal en Garantía.

A través de la Resolución General de referencia, se dispone el procedimiento para la registración, aplicación y cesión de los Certificados de Crédito Fiscal en Garantía, en el marco del Plan de Promoción de la Producción del Gas Natural Argentino. Los mismos podrán aplicarse a la cancelación de obligaciones impositivas, en concepto de saldo de declaración jurada y/o anticipos, con más sus intereses resarcitorios y/o punitorios, multas y demás accesorios, observando para ello los requisitos, condiciones y procedimientos que se establecen en la presente resolución general.

Resolución General (DGR Corrientes) 214/2021 – Implementación de la Declaración Jurada anual web del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 

Se incorpora la aplicación web como nueva modalidad de generación y presentación de Declaraciones Juradas Anuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para contribuyentes locales, la cual estará disponible para usuarios registrados en el sitio web de la Dirección General de Rentas

 

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