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Impuestos

Novedades Impositivas – 05/01/2021

enero 2021


Resolución Normativa (ARBA) 77/2020 - Buenos Aires. Cronograma de vencimientos 2021

Mediante la presente Resolución, la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires publica las fechas de vencimientos de los tributos provinciales correspondientes al período fiscal 2021.


Decreto (Poder Ejecutivo Tucumán) 2533-3/2020 – Actividades del sector primario. Prórroga de la alícuota del 0% en el impuesto sobre los ingresos brutos.

A través del presente Decreto, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la alícuota diferencial del 0% en los impuestos sobre los ingresos brutos, según lo establecido en los Decretos Nros.1577/3(ME)-2019, 1578/3(ME)-2019, 1579/3(ME)-2019, 1580/3(ME)-2019, 1627/3(ME)2019 y lo dispuesto por el artículo 2° del Decreto N° 917/3 (ME)-2020.


Ley (Poder Legislativo Catamarca) 5686 – Catamarca. Ley impositiva para el año 2021 y modificaciones al Código Tributario.

Se establecen las alícuotas y los montos aplicables de los impuestos, tasas y contribuciones correspondientes al período fiscal 2021, y se disponen modificaciones al Código Tributario y al Régimen especial de regularización tributaria.

A continuación se detallan las principales modificaciones las cuales serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2021:

Impuesto sobre los Ingresos brutos

- Se incrementan los valores de nivel de ingresos mensuales obtenidos para la aplicación de los tres tramos de alícuotas diferenciales.

- Se establece un incremento del 45% de la alícuota adicional para la comercialización de productos agrícola-ganaderos efectuada por cuenta propia por los acopiadores de esos productos -art. 178 del CT-, cuando obtengan ingresos superiores a $4.900.000.

- Se fija la alícuota 0% a la actividad de servicios auxiliares para los servicios generales de la Administración Pública, bajo la modalidad de Servicios personales prestados mediante contratos de locación de obra y servicios, pasantías educativas, etc., celebrados con el Estado Nacional, Provincial y/o Municipal y cuyos ingresos sean inferior a $35.000.

- Se incrementan los mínimos especiales para cada actividad.

Impuesto de sellos

- Se determina la alícuota 1,5% para los contratos vinculados al comercio de monedas digitales, criptomonedas, bitcoin y similares, por la suma total del capital invertido y sus rendimientos.

Código Tributario

- Se incorpora como exento del pago del impuesto sobre los ingresos brutos a los ingresos provenientes de la actividad de distribución y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10 kilogramos, 12 kilogramos y 15 kilogramos.

Régimen especial de regulación tributaria

- Se amplían las obligaciones susceptibles de incluirse en el régimen especial de regularización tributaria -L. (Catamarca) 5648- a aquellas devengadas y adeudadas al 30 de noviembre de 2020.


Disposición (Agencia de Rec. Catamarca) 58/2020 – Catamarca. Cronograma de vencimientos 2021.

Mediante la presente Disposición, la Agencia de Recaudación establece las fechas de vencimiento de los tributos provinciales correspondientes al período fiscal 2021.

Ley (Poder Legislativo Catamarca) 5687/2020 – Catamarca. Adhesión al Consenso Fiscal del 4/12/2020.

La Provincia de Catamarca aprueba el Convenio de Consenso Fiscal 2020, suscripto el 4/12/2020 entre el Poder Ejecutivo Nacional y las Provincias.

En ese orden, se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a dictar las normas necesarias para su implementación.


Disposición (DGR Catamarca) 48/2020 – Catamarca. Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos. Presentación Declaración Jurada vía Web.

A través de la presente se establece que los agentes de recaudación del impuesto de sellos nominados por la Dirección General de Rentas - ARCA – a partir de la fecha de la presente Disposición General deberán presentar vía Web, la Declaración Jurada y Pago, en cumplimiento con los Artículos 237° del Código Tributario -Ley N° 5022 y sus modificatorias y en la Resolución General N° 077/1998.


Ley (Poder Legislativo Sgo. del Estero) 7306/2020 – Santiago del Estero. Ingresos Brutos. Incorporación de actividades alcanzadas.

Mediante la presente Ley se establece la incorporación como actividades gravadas por el impuesto sobre los ingresos brutos a los servicios digitales prestados por sujetos no residentes en el país, cuando se verifique que la prestación del servicio se utilice económicamente en territorio provincial.

Adicionalmente, se considerará que existe actividad gravada cuando por la comercialización de servicios de suscripción online, para el acceso a toda clase de entretenimientos audiovisuales que se transmitan desde Internet a televisión, computadoras, dispositivos móviles, consolas conectadas, plataformas tecnológicas y/o similares, por sujetos domiciliados, radicados o constituidos en el exterior, se verifique la utilización o consumo de tales actividades por sujetos radicados, domiciliados o ubicados en territorio de la provincia de Santiago del Estero.

El mismo tratamiento resultará de aplicación para la intermediación en la prestación de servicios y las actividades de juego que se desarrollen y/o exploten a través de cualquier medio, plataforma o aplicación tecnológica y/o dispositivo y/o plataforma digital y/o móvil o similares, con total independencia donde se organicen, localicen los servidores y/o plataforma digital y/o red móvil, u ofrezcan tales actividades de juego.


Ley (Poder Legislativo Sgo. del Estero) 7307/2020 – Santiago del Estero. Ingresos Brutos. Actividades con restricción absoluta debido a la pandemia por el COVID-19.

A través de la presente ley se establece dejar sin efecto la obligación de pago en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente a los ingresos obtenidos, y siguiendo las pautas establecidas en el Código Fiscal, a las actividades que estuvieron con restricción absoluta debido a la pandemia por Covid-19, a partir del mes de marzo de 2020 y hasta los respectivos meses de la habilitación de cada actividad.


Ley (Poder Legislativo Sgo. del Estero) 7308/2020 – Santiago del Estero. Adhesión al Consenso Fiscal del 4/12/2020.

La provincia de Santiago del Estero aprueba el Consenso Fiscal 2020 suscripto el 4/12/2020 entre el Poder Ejecutivo Nacional y las Provincias.

En efecto, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a dictar las normas necesarias para su implementación.

Resolución (ATP Chaco) 2063/2020 – Calendario de vencimientos 2021.

A través de la presente Resolución, la Administración Tributaria Provincial fija las fechas de vencimientos de los impuestos provinciales correspondientes al año fiscal 2021.


Ley (Poder legislativo Chaco) X-3303 – Adhesión al Consenso Fiscal del 4/12/2020.

La provincia de Chaco aprueba el Consenso Fiscal 2020 suscripto el 4 de diciembre de 2020.

Al respecto, el Poder Ejecutivo Provincial dispondrá todas las medidas y dictará las normas necesarias para dar cumplimento a los compromisos asumidos en el mencionado Consenso.


Resolución Normativa (DGR Cba.) 69/2020 - Reglamentación del Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC”.

Mediante la presente Resolución, la provincia de Córdoba reglamenta la aplicación del sistema informático unificado de retención del impuesto sobre los ingresos brutos denominado Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra “SIRTAC” -D. (Cba.) 680/2020-.

En efecto, se establece el procedimiento para solicitar la atenuación de las alícuotas del régimen o la exclusión del padrón de sujetos pasibles del mismo. adhiere al sistema informático unificado de retención del impuesto sobre los ingresos brutos denominado Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra "SIRTAC".

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