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Impuestos

Novedades Impositivas - 04/10/2022

octubre 2022


LEY (Poder Legislativo) 27687 - Consenso Fiscal 2021

Se aprueba el Consenso Fiscal suscripto el 27 de diciembre de 2021 por el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias.

Cabe destacar que se dejan sin efecto las obligaciones asumidas en materia tributaria provincial establecidas con anterioridad a través de los Consensos Fiscales suscriptos en fecha 16 de noviembre de 2017, 13 de septiembre de 2018, 17 de diciembre de 2019 y 4 de diciembre de 2020, teniendo únicamente como exigibles aquellas cuyo cumplimiento se haya efectivizado a la fecha de la firma del Consenso Fiscal 2021.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Tucumán) 86/2022 - Modificaciones al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre importes acreditados en cuentas bancarias.

Por medio de la presente resolución, se establecen modificaciones, a partir del 1° de noviembre de 2022, al régimen de recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos sobre importes acreditados en cuentas bancarias.

Al respecto destacamos que, entre otras adecuaciones, se incorpora como sujetos excluidos del régimen a los proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP), inscriptos en el Registro de Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago de la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC).

RESOLUCIÓN GENERAL (DPR Jujuy) 1627/2022 - Prórroga de la aplicación del Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago – SIRCUPA.

A través de la presente resolución, la Dirección Provincial de Rentas de la provincia prorroga hasta el 1 de diciembre de 2022, la entrada en vigencia del régimen de recaudación unificado “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA” -RG (CA) 9/2022-.

RESOLUCIÓN GENERAL (DGR Formosa) 24/2022 - Adhesión al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago -SIRCUPA.

Mediante la resolución general de referencia, la provincia de Formosa se adhiere al régimen de recaudación unificado “Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago - SIRCUPA” -RG (CA) 9/2022-.

RESOLUCIÓN (DGR San Juan) 1181/2022 - Proveedores de Servicios de Pago. Régimen de Recaudación del impuesto sobre los ingresos brutos.

A través de la presente resolución, la Dirección General de Rentas de la Provincia de San Juan establece un Régimen de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Se encuentran alcanzados quienes revistan o asuman la calidad de contribuyentes de la Provincia de San Juan del Régimen General, Local o del Convenio Multilateral. El mismo será aplicable sobre los importes en pesos, moneda extranjera, valores o instrumentos de poder adquisitivo similar a la moneda de curso legal, que sean acreditados en cuentas y/o especies - abiertas en las empresas Proveedoras de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP).

Cabe destacar que los importes recaudados en moneda extranjera, deberán ser ingresados en pesos tomando en consideración la cotización al tipo vendedor (Banco Nación) vigente al cierre de las operaciones del día anterior a aquel en que se efectuó la recaudación.

Se encuentran obligados a actuar como agentes de recaudación las empresas Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago (PSPOCP) inscriptos en el "Registro de Proveedores de Servicios de Pago que ofrecen cuentas de pago".

La alícuota general de recaudación se fija en 0,80%. No obstante, se establecen alícuotas entre 0,10% y 0,25% según la actividad de que se trate.

Asimismo, se dispone la adhesión de la Provincia de San Juan al Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago “SIRCUPA”.

Por último, se establece que el presente régimen se aplicará a las recaudaciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que se practiquen a partir del mes de Noviembre de 2022.

DECRETO (Santa Fe) 1928/2022 - Prórroga del régimen especial de regularización del impuesto inmobiliario urbano y suburbano.

Mediante el presente decreto, se prorroga por 3 meses el plazo para acceder al Régimen especial de regularización del impuesto inmobiliario urbano y suburbano. - art. 43, L. (Santa Fe) 14069 -.

Recordamos que el citado régimen resulta aplicable a las obligaciones fiscales que correspondan a las diferencias de impuesto que surjan a partir de la incorporación de datos del estado parcelario con incidencia fiscal y de mejoras no denunciadas oportunamente.

Asimismo, se faculta a la Administración Provincial de Impuestos -API- y al Servido de Catastro e información Territorial a dictar las disposiciones necesarias para hacer efectiva la prórroga establecida.

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