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Impuestos

Novedades Impositivas – 03/12/2020

diciembre 2020


Resolución General (Comisión Arbitral Convenio Multilateral) 8/2020 – Gastos de regalías. Computabilidad.

A través de la presente Resolución General la Comisión Arbitral ha interpretado que, a los fines de la aplicación del régimen del Convenio Multilateral, deberán considerarse como gastos computables los incurridos en concepto de “regalías”. 

Cabe destacar que se considera "regalía" a toda contraprestación efectuada en el marco de una obligación contractual existente, por medio de la cual se transfiere - definitiva o temporalmente - el dominio, uso o goce de cosas o cesión de derechos de “patentes”, “marcas”, “know how”, “licencias” y similares, y con total independencia de la forma y/o modo convenida entre las partes para su determinación y/o cuantificación.

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